Clasificación Única de Ocupaciones CUOC 2023 - SENA-MIN TRABAJO- DANE

Codifican la ocupación del Portero Conserje con el numeral 5153 y en el apartado de sus funciones están entre otras las siguientes:

Ø  Diligenciar el registro de visitantes y proporcionar copias de manuales y/o reglamentos.»

Ø Prestar servicios de recepción, limpieza, mantenimiento y reparaciones simples al interior de edificios, conjuntos e instalaciones». 

Ø Recibir, ordenar y entregar en nombre de propietarios o inquilinos ausentes paquetes y/o correspondencia conforme a protocolos establecidos.» 

Ø Procurar el cumplimiento del protocolo establecido al interior del edificio o conjunto frente a la disponibilidad de zonas comunes, la entrega de correspondencia».

Fuente: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/cuoc/documento-clasificacion-unica-ocupaciones-colombia-CUOC-2023.pdf

 

código CIIU 8110 habilitado por la DIAN y la Cámara de Comercio que rige nuestra empresa y se encuentran definidas las funciones así:

Pantallazo Camara de comercio min

código CIIU 9700 habilitado por la DIAN y la Cámara de Comercio que rige nuestra empresa y se encuentran definidas las funciones así:

Pnatallazo 9700 min

Clasificación de actividades 88 A.C de la OIT - (Adaptada para Colombia)

Esta clasificación internacional, clasifica las actividades de los porteros y conserjes DIFERENTES a la vigilancia privada y los clasifica en el SUBGRUPO 9132, mientras que los vigilantes y celadores son el SUBGRUPO 9133

Fuente: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/ciuo/CIUO_88A_C_2006.pdf

 

88ac porteros

DANE - Funciones habilitadas según la clasificación internacional 88 A.C

Los tratados internacionales son de orden supranacional, es decir se encuentran por encima de la normatividad nacional. Colombia se acoge a esta clasificación y respeta las funciones y actividades aprobadas internacionalmente.

Para el caso de PORTEROS, CONSERJES y AFINES, claramente se establecen funciones de control de acceso, generando alertas tempranas, detectar siniestros y dar aviso a las autoridades. Sus funciones son operativas y logísticas. No ejercen uso de la fuerza o acciones propias de la policía nacional, fuerzas militares o empresas de vigilancia privada.

Fuente: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/ciuo/CIUO_88A_C_2006.pdf

Func 88ac

Sentencia C-995 de 2004 - Honorable Corte Constitucional

Las personas pueden ejercer el cuidado de sus bienes de forma pasiva [sin uso de armas o medios afines, propios de la vigilancia privada] sin estar sometidos a  regulación de la superintendencia de seguridad y vigilancia privada. Toda vez que  esto   va  en  la  voluntad  y capacidad  de pago  de  los ciudadanos.

Fuente: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2004/C-995-04.htm

 

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